La Ley de Reducción de la Inflación y Puerto Rico

La Ley de Reducción de la Inflación de 2022 (IRA, por sus siglas en inglés) es considerada una de las leyes pro-solar más importantes que haya aprobado el Congreso.

La misma ha asignado fondos para un sinnúmero de proyectos, programas y exenciones federales, con tal de facilitarle a las comunidades una transición a la energía renovable más accesible.

Sin embargo, aunque la Ley ya ha impactado a miles de familias en los Estados Unidos, no todas las políticas del IRA son aplicables a Puerto Rico.

A continuación, haremos un listado de las partes visibles de IRA en Puerto Rico que impactan a propietarios de viviendas, organizaciones sin fines de lucro y/o pequeñas empresas:

  1. Crédito Fiscal Federal Para la Energía Solar (ITC)
  2.  El Programa del High Efficiency Electric Home Rebate Act (HEEHRA)
  3. El Programa de Energía Rural para América (REAP)
  4. El Programa de Powering Affordable Clean Energy (PACE)

Créditos Fiscales Solares

¿Qué es el crédito fiscal federal para la energía solar?

El Crédito Fiscal Federal para la Energía Solar, creado en 2006, ofrece un crédito para los impuestos sobre la renta por la instalación de paneles solares. El Crédito Fiscal a la Inversión Solar (ITC, por sus siglas en inglés) ha contribuido a un crecimiento significativo de la industria solar estadounidense.

El ITC ofrece un porcentaje de descuento sobre el coste de un sistema solar fotovoltaico (PV).

Gracias a la Ley de Reducción de la Inflación, el ITC se ha ampliado hasta el 2032 y el porcentaje de crédito aumentó al 30% para los sistemas instalados desde 2022 hasta 2032. También, incluye créditos adicionales si el proyecto cumple con ciertos criterios.

Proprietários de Viviendas

Elegibilidad para el crédito fiscal federal por energía solar (propietarios de viviendas)

Para calificar para el ITC, el sistema solar debe ser nuevo y estar ubicado en Estados Unidos. Dado que Puerto Rico tiene estatus de Estado Libre Asociado, la gran mayoría de los puertorriqueños no pagan impuestos federales. Esto significa que residentes de Puerto Rico no son elegibles para acceder al ITC. Hasta el momento, sólo sistemas de propiedad y operados por un tercero que pueda tomar el crédito fiscal, como compañías de financiamiento que estén ubicadas en uno de los 50 estados, pueden ser elegibles para el crédito. Sin embargo, es importante mencionar que en la mayoría de los casos, los residentes en Puerto Rico no ven el beneficio del crédito en sus facturas, ni se refleja en un ahorro para el residente. Los créditos fiscales acostumbran a ser recibidos y utilizados por el dueño y operador del sistema solar, no por sus usuarios en el país.

Es aconsejable investigar con cautela antes de confiar en cualquier entidad que prometa ahorros mediante créditos fiscales. Lamentablemente, se han reportado casos de residentes puertorriqueños que han sido engañados bajo estas premisas.

Organizaciones sin fines de lucro

Elegibilidad para el crédito fiscal federal por energía solar (organizaciones sin fines de lucro)

Afortunadamente, la IRA crea un camino para reclamar la ITC que permitió el “Pago Directo” a entidades no sujetas a impuestos, como organizaciones sin fines de lucro, gobiernos locales y naciones tribales. Desafortunadamente, si bien las entidades gubernamentales de Puerto Rico pueden aprovechar esta nueva vía, las regulaciones no permiten que las organizaciones sin fines de lucro de Puerto Rico aprovechen esta vía a menos que sean entidades designadas exentas de impuestos según el código tributario de los Estados Unidos y con oficinas en uno de los 50 estados. Una organización en Puerto Rico puede recibir los créditos a través de otra organización ubicada en los Estados Unidos. Para lograr esto, la organización localizada en los Estados Unidos tendrá que ser dueño del sistema por un periodo de seis años.

HEEHRA

¿Qué es el programa de la ley de Reembolsos para Hogares Eléctricos de Alta Eficiencia?

El programa HEEHRA es una iniciativa destinada a promover el uso de electrodomésticos eléctricos de alta eficiencia energética en los hogares. Su objetivo principal es reducir el consumo de energía y las emisiones de carbono mediante la adopción de tecnologías más limpias y eficientes. En Puerto Rico, el programa HEEHRA aún no está completamente definido, por lo que actualizaremos esta página con más información a medida que se desarrolle el programa en la isla.

El Programa de Energía Rural para América (REAP)

¿Qué es el programa REAP?

El Programa de Energía Rural para América (REAP, por sus siglas en inglés) del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos ofrece una oportunidad significativa para fomentar la adopción de energías renovables y promover la eficiencia energética en Puerto Rico. El programa REAP puede tener un impacto positivo en las áreas rurales, fortaleciendo la resiliencia energética y promoviendo el desarrollo económico sostenible. A continuación, se presenta una visión general detallada del programa REAP en Puerto Rico, incluyendo los requisitos, municipios elegibles, ayudas disponibles y una idea general del proceso del programa en la isla.

En la actualidad, el programa se abre en ciclos trimestrales, sin embargo, es importante tener en cuenta que la disponibilidad del programa después de Septiembre está sujeta a confirmación. Estaremos actualizando esta página para informar sobre cualquier cambio o actualización en el calendario de apertura del programa.

¿Quién puede solicitar este programa?

  • Productores agrícolas:
  • Se refiere a una entidad que se dedica directamente a la producción de productos agrícolas y que obtiene al menos el 50% de sus ingresos brutos de operaciones agrícolas.
  • No es necesario que estén ubicados en áreas rurales.
  • Pequeños negocios rurales:
  • Se refiere a una entidad privada con fines de lucro.
  • Es necesario que estén ubicados en áreas rurales.
  • Una Cooperativa, incluyendo aquellas calificadas según la Sección 501(c)(12) del Código del IRS.
  • Si el negocio se encuentra en una residencia se debe probar que más del 50% del consumo energético pertenece al negocio.

¿Qué zonas son elegibles?

Para que un proyecto sea considerado como elegible, se requiere que esté ubicado en una zona rural con 50,000 habitantes o menos.

  • La mayoría de los municipios en la isla son elegibles, con la excepción de San Juan, que no califica debido a la ausencia de áreas rurales.
  • Sin embargo, la mayoría de los municipios tienen zonas que no son elegibles debido a su carácter no rural. Entre estos municipios se encuentran Aguadilla, Arecibo, Bayamón, Caguas, Carolina, Guaynabo, Mayagüez, Ponce, Toa Alta, Toa Baja y Trujillo Alto.
  • Existe una excepción a esta regla para los productores agrícolas que generan más del 50% de sus ingresos a través de operaciones agrícolas, quienes pueden calificar independientemente de la ubicación de su municipio.

¿Qué sucede una vez se aprueba la solicitud?

  • Los solicitantes aprobados tienen un plazo de dos años para llevar a cabo y finalizar el proyecto, y recibirán reembolsos de los costos por parte del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA, por sus siglas en inglés).
  • Los pagos de reembolso se realizan al solicitante después de presentar evidencia de los fondos correspondientes (“matching funds”) y de que el sistema o equipo haya estado operativo durante al menos 30 días tras la aprobación de los fondos.
  • Se requerirá presentar informes semestrales detallando el progreso del proyecto hasta su finalización, seguido de informes anuales durante los primeros 3 años posteriores a su conclusión para demostrar los ahorros energéticos obtenidos.

Para obtener información completa y detallada sobre el Programa REAP, incluidas las guías y recursos necesarios para acceder a los beneficios, te invitamos a descargar nuestra guía completa del Programa REAP del USDA​ en Puerto Rico.

Powering Affordable Clean Energy (PACE)

¿Qué es el programa PACE?

El programa Powering Affordable Clean Energy (PACE) ofrece préstamos condonables por hasta el 60% de los costos de proyectos de energía renovable, dependiendo de la ubicación del proyecto.

¿Quién puede solicitar este programa?

Las entidades elegibles incluyen organizaciones sin fines de lucro, proveedores de servicios eléctricos, gobiernos estatales o locales, distritos de servicios públicos, cooperativas eléctricas rurales y empresas de servicios públicos propiedad de inversionistas. El proyecto debe producir energía renovable para su reventa y, aunque puede ubicarse y prestar servicio tanto en áreas rurales como no rurales, al menos la mitad de la electricidad generada o almacenada por la instalación financiada debe beneficiar a un área rural. Todos los proyectos de energía limpia, como la solar, la eólica, la hidroeléctrica, la geotérmica, la biomasa o el almacenamiento de energía renovable, califican.

Beneficios

Los proyectos ubicados en Puerto Rico pueden solicitar una condonación de préstamos de hasta el 60 por ciento de los costos totales del proyecto.

El proyecto todavía es muy nuevo en el país. Esperamos tener más información sobre el mismo a finales del 2024. Para más información, nos puedes escribir a: prteam@solarunitedneighbors.org